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Quién debe presentar el modelo 190 y cuándo
20 de Enero de 2021

En las asesorías contables en Vilanova i la Geltrú son decenas los trabajadores por cuenta propia, profesionales o empresarios que trasladan sus dudas sobre los documentos a presentar ante Hacienda u otros organismos públicos. Entre todos estos documentos, los modelos periódicos de pago o resumen de impuestos (o actividad) son los que más dudas generan.

Uno de estos modelos es el 190. Este documento, que lo presenta telemáticamente las asesorías contables en Vilanova i la Geltrú, está muy relacionado con el modelo 111 (que se presenta cada tres meses), siendo la referencia para muchas personas ya que recoge todas las retenciones realizadas por IRPF durante un ejercicio, tanto a trabajadores (nóminas) como a empresarios o profesionales por facturas emitidas.

El modelo mencionado se presenta, anualmente, entre los días 1 y 31 de enero, ambos inclusive, y lo deben presentar los empresarios o trabajadores por cuenta propia que cumplan una (o varias) características siguientes:

- Que tengan rendimientos derivados del arrendamiento de un inmueble.

- Que tengan importes en concepto de donaciones y planes de pensiones.

- Que existan rendimientos de trabajo, como nóminas.

- Que existan rendimientos por actividades económicas, tanto profesionales, como agrícolas o forestales.

El modelo, por otro lado, puede ser rellenado en papel, aunque ya la totalidad de trabajadores o empresarios optan por Internet para su cumplimentación. En el 190 debe aparecer un resumen, en la primera hoja, con toda la información de la persona declarante, con NIF, nombre, apellidos, teléfono y el periodo de presentación del resumen.

Por último, es importante especificar si la declaración es complementaria o sustitutiva, incluyendo en la misma un resumen de los datos incluidos en las declaraciones trimestrales.

En Gestoría Hernández te explicamos quién debe presentar el modelo 190 y cuándo. Recuerda que puedes contar con nuestros profesionales para obtener mayor información de los documentos a presentar, especialmente si eres autónomo.

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